La modificación del impuesto de
plusvalía municipal sigue en curso legal y ha iniciado su tramitación
parlamentaria, a pesar de haber pasado ya casi un año desde que el Gobierno
presentara el proyecto de ley.
Entre las nuevas modificaciones
encontramos que queda anulado el pago de este impuesto cuando de tramita una
vivienda a pérdidas y, además, también se va a modificar el coeficiente que
establece cada Ayuntamiento.
Para saber cómo afectarán estas y
otras modificaciones al bolsillo del contribuyente, debemos comenzar por el
principio:
¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?
El impuesto sobre el incremento del
valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como impuesto de
plusvalía, es un tributo que se aporta a los ayuntamientos. Se aplica cuando se
vende o dona un inmueble.
¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?
La base imponible se calcula en
función del valor catastral del bien y del tiempo transcurrido en poder de la
parte vendedora o del donante o fallecido, en el caso de donaciones o
herencias.
Inicialmente es proyecto de ley
modificó los coeficientes que se aplica sobre el valor catastral del terreno y
también la forma de cálculo. Si antes el coeficiente se calculaba por periodos
de cinco años, ahora el cómputo es anual, hasta un máximo de 20 años. Sin
embargo, la proposición de ley ha vuelto a modificar ligeramente al alza los
coeficientes máximos, siendo estas variaciones de la siguiente manera:
¿Cómo afecta al bolsillo del contribuyente?
Para que quede más claro, vamos a ver
un ejemplo de cómo afecta al bolsillo del contribuyente aplicando el coeficiente
que le correspondería a un bien de valor catastral de 40.000 euros y que ha
estado 6 años en poder de la parte vendedora.
· Cálculo
con la actual Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
Valor
catastral: 40.000 euros.
Período
generación: 6 años.
Coeficiente
aplicable actual: 3,5.
Base
imponible: 8.400 euros (40.000 x 21%*)
*6 años x 3,5.
· Cálculo en
base al proyecto de ley (julio 2017):
Valor
catastral: 40.000 euros.
Período
generación: 6 años.
Coeficiente
proyecto de ley: 0,06.
Base imponible: 2.400 euros (40.000 x 0,06)
· Cálculo en
base a la proposición de ley (marzo 2018):
Valor
catastral: 40.000 euros.
Período
generación: 6 años.
Coeficiente
proposición de ley: 0,08.
Base
imponible: 3.200 euros (40.000 x 0,08)
A demás de modificar la plusvalía
municipal, esta propuesta de ley añade una nueva Disposición Transitoria para
adaptar las ordenanzas fiscales de cada municipio a la nueva ley, que dispone
lo siguiente:
- Los municipios disponen de un plazo de 4 meses desde la entrada en vigor de la nueva Ley para adaptar las ordenanzas a la nueva normativa.
- Hasta que la ordenanza sea modificada, se aplicarán los coeficientes máximos previstos en la nueva Ley. En caso de que los coeficientes de la antigua ordenanza (todavía sin modificar) sean más beneficiosos, se seguirán aplicando estos hasta que sea modificada.
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